domingo, 6 de marzo de 2016

SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad anónima es aquella sociedad mercantil que tiene un capital social dividido en acciones, siendo el mínimo exigido de 60.000 euros. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado.

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